Acuerdo de licencia de usuario final

ACUERDO DE LICENCIA DE USUARIO FINAL

Lea atentamente los términos de este "Contrato de licencia de usuario final" ("CLUF").

El CLUF es un acuerdo legal entre usted, el usuario final (cualquier agencia o empresa que el usuario final represente, o que emplee al usuario final, se denominan colectivamente "USUARIO"), y Pen-Link, Ltd. ("PEN-LINK") para el software informático Pen-Link que acompaña a este Acuerdo de licencia de usuario final y cualquier medio asociado, material impreso y cualquier documentación "en línea" o electrónica (colectivamente, "SOFTWARE"). ("PEN-LINK") por el software informático Pen-Link que acompaña a este Contrato de licencia de usuario final, y cualquier soporte asociado, material impreso y cualquier documentación "en línea" o electrónica (colectivamente, el "SOFTWARE"). Este SOFTWARE no incluye el código fuente. Cualquier actualización o mejora de dicho SOFTWARE que el USUARIO tenga derecho a recibir y que haya sido proporcionada al USUARIO por PEN-LINK también se entenderá como SOFTWARE a efectos de este CLUF.

1. CONCESIÓN DE LICENCIA:

El SOFTWARE es licenciado, no vendido. Al distribuir, instalar, copiar o usar el SOFTWARE, Usted acepta los términos de este CLUF. Si no acepta los términos de este CLUF, no se le permite distribuir, instalar, copiar o usar el SOFTWARE. El USUARIO asume completa responsabilidad por la selección del SOFTWARE para lograr los resultados deseados, y por la instalación, uso y resultados obtenidos del SOFTWARE.

2. USO RESTRICTIVO:

El USUARIO no podrá, sin el previo consentimiento por escrito de PEN-LINK, realizar, causar o permitir: (i) el uso, la copia, la modificación, el alquiler, el arrendamiento, el subarrendamiento, la sublicencia, la exhibición pública, la ejecución pública o la transferencia del SOFTWARE, salvo lo dispuesto expresamente en este CLUF; (ii) la creación de cualquier obra derivada basada en el SOFTWARE; (iii) la ingeniería inversa, el desmontaje o la descompilación del SOFTWARE; (iv) el uso del SOFTWARE en relación con una oficina de servicios, administración de instalaciones, multipropiedad, proveedor de servicios o actividad similar mediante la cual el USUARIO opere o utilice el SOFTWARE en beneficio de un tercero; (v) el uso del SOFTWARE por cualquier parte que no sea el USUARIO; (vi) el uso de una versión posterior del SOFTWARE que no sea la versión que acompaña a este CLUF, a menos que el USUARIO haya adquirido por separado el derecho a usar dicha versión posterior mediante un contrato de licencia de usuario final adicional; ni (vii) el uso del SOFTWARE por encima de la cantidad que se ha licenciado al USUARIO en virtud de este CLUF (la cantidad se calcula usando el medidor de uso de licencia o modelo por el cual PEN-LINK mide, fija el precio y licencia el derecho a usar el SOFTWARE vigente en el momento en que se realiza un pedido de dicho SOFTWARE). Además, el USUARIO no divulgará los resultados de ninguna prueba comparativa del SOFTWARE a terceros sin el consentimiento previo por escrito de PEN-LINK.

3. COPYRIGHT:

Este SOFTWARE, su documentación y otros materiales de acompañamiento y apoyo son propiedad de PEN-LINK y están protegidos por las leyes de derechos de autor y tratados internacionales de derechos de autor. PEN-LINK conserva la propiedad del SOFTWARE, la documentación y los materiales de acompañamiento y apoyo.

4. CONTRATOS SUSTITUTIVOS:

Parte o la totalidad del CLUF puede ser sustituido o aumentado por uno o más contratos o disposiciones adicionales (colectivamente, "DISPOSICIONES") entre el USUARIO, o la agencia de compras asociada con el USUARIO y PEN-LINK. Es responsabilidad del USUARIO conocer dichas DISPOSICIONES y los términos y limitaciones especificados en las mismas. Todas y cada una de las DISPOSICIONES adicionales están sujetas a los términos de este CLUF a menos que se especifique lo contrario en las DISPOSICIONES y, salvo que se estipule expresamente lo contrario en las DISPOSICIONES, en caso de conflicto entre los términos de este CLUF y los términos de cualquier DISPOSICIÓN, prevalecerá este CLUF.

5. GARANTÍA LIMITADA:

CUALQUIER USO DE ESTE SOFTWARE ES POR CUENTA Y RIESGO DEL USUARIO. EN LA MEDIDA MÁXIMA PERMITIDA POR LA LEY, PEN-LINK RECHAZA TODAS LAS GARANTÍAS Y CONDICIONES, YA SEAN EXPRESAS O IMPLÍCITAS, INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, LAS GARANTÍAS IMPLÍCITAS DE COMERCIABILIDAD, NO INFRACCIÓN E IDONEIDAD PARA UN FIN DETERMINADO. EL USUARIO FINAL ASUME TODOS LOS RIESGOS RELATIVOS A LA CALIDAD Y EL FUNCIONAMIENTO DEL SOFTWARE. EN CASO DE QUE EL SOFTWARE RESULTE DEFECTUOSO, EL USUARIO (Y NO PEN-LINK) ASUME EL COSTE TOTAL DE TODOS LOS SERVICIOS, REPARACIONES O CORRECCIONES NECESARIOS.

PEN-LINK no garantiza que las funciones contenidas en el SOFTWARE cumplan con los requisitos del USUARIO o que la operación del SOFTWARE sea ininterrumpida o libre de errores.

PEN-LINK garantiza que el soporte en el que se suministra el SOFTWARE está libre de defectos de materiales y mano de obra en condiciones normales de uso durante un período de noventa (90) días a partir de la fecha de entrega al USUARIO, tal y como se acredita mediante una copia de la orden de compra del USUARIO.

6. LIMITACIONES DE LOS RECURSOS:

La responsabilidad total de PEN-LINK y el recurso exclusivo del USUARIO será el reemplazo de cualquier medio de distribución que no cumpla con la GARANTÍA LIMITADA DE PEN-LINK como se indica anteriormente y que sea devuelto a PEN-LINK, a la dirección que se muestra a continuación, con una copia de la orden de compra del USUARIO:

Pen-Link, Ltd.
5944 VanDervoort Drive
Lincoln, NE 68516

EN NINGÚN CASO PEN-LINK SERÁ RESPONSABLE DE NINGÚN DAÑO, INCLUIDA CUALQUIER PÉRDIDA DE BENEFICIOS, PÉRDIDA DE AHORROS U OTROS DAÑOS INCIDENTALES O CONSECUENTES QUE SURJAN DEL USO O LA IMPOSIBILIDAD DE USAR EL SOFTWARE, INCLUSO SI PEN-LINK HA SIDO ADVERTIDO DE LA POSIBILIDAD DE TALES DAÑOS, O DE CUALQUIER RECLAMACIÓN DE CUALQUIER OTRA PARTE.

7. SUMINISTRO DE SOFTWARE POR SUSCRIPCIÓN:

Si el USUARIO adquiere el SOFTWARE con una licencia por tiempo limitado, basada en suscripción ("LICENCIA DE SUSCRIPCIÓN"), el SOFTWARE sólo es funcional para el USUARIO durante el período efectivo de desempeño según se indica en el acuerdo de compra de la LICENCIA DE SUSCRIPCIÓN (por ejemplo, una cotización, una orden de compra, una factura u otro documento de compra entre el USUARIO y PEN-LINK que describa un período de desempeño, colectivamente "CONTRATO DE COMPRA DE SUSCRIPCIÓN") proporcionado al USUARIO al comprar la LICENCIA DE SUSCRIPCIÓN. Al final del período de rendimiento definido en el CONTRATO DE COMPRA DE SUSCRIPCIÓN, la LICENCIA DE SUSCRIPCIÓN expirará y el SOFTWARE dejará de funcionar hasta que el USUARIO renueve la LICENCIA DE SUSCRIPCIÓN. PEN-LINK no es responsable de notificar al USUARIO de cualquier vencimiento pendiente de la LICENCIA DE SUSCRIPCIÓN. El USUARIO debe contactar a PEN-LINK para renovar la LICENCIA DE SUSCRIPCIÓN antes del vencimiento para evitar una interrupción en la funcionalidad del SOFTWARE.

8. MANTENIMIENTO DEL SOFTWARE Y PRESTACIÓN DE ASISTENCIA:

El USUARIO puede adquirir bajo un acuerdo separado ("ACUERDO DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE"), servicios de mantenimiento y soporte de software (colectivamente, "MANTENIMIENTO Y SOPORTE") de PEN-LINK de conformidad con los Términos y Condiciones de Mantenimiento y Soporte de PEN-LINK aplicables en ese momento (DISPOSICIONES DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE) y el precio de lista vigente en el momento en que se ejecuta el ACUERDO DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE. Las DISPOSICIONES DE MANTENIMIENTO Y SOPORTE se pueden proporcionar al USUARIO previa solicitud a PEN-LINK.

9. PRESTACIÓN DE SERVICIOS:

El USUARIO puede adquirir bajo un acuerdo separado ("ACUERDO DE SERVICIOS"), servicios de educación, instalación, implementación, configuración, profesionales o de consultoría (colectivamente, "SERVICIOS") de PEN-LINK de conformidad con las políticas de SERVICIOS aplicables en ese momento y el precio de lista vigente en ese momento en el momento en que se ejecuta el ACUERDO DE SERVICIOS. Los SERVICIOS a realizar se describen en el acuerdo de compra de SERVICIOS (por ejemplo, un presupuesto, una orden de compra, una factura u otro documento de compra entre el USUARIO y PEN-LINK que describa los SERVICIOS adquiridos, colectivamente "ACUERDO DE COMPRA DE SERVICIOS").

10. LEY APLICABLE:

Este CLUF se rige e interpreta de acuerdo con las leyes del Estado de Nebraska, sin tener en cuenta sus conflictos de disposiciones legales. El USUARIO acepta primero negociar y mediar en las disputas. Si tales esfuerzos no tienen éxito en un plazo de 90 días a partir de la notificación por escrito de la disputa, como último recurso, el USUARIO se somete a la jurisdicción de los tribunales federales y estatales del Estado de Nebraska, y acepta que el lugar exclusivo para todas y cada una de las acciones relacionadas con el presente documento será en dichos tribunales.

11. CONTROL DE LAS EXPORTACIONES:

El USUARIO cumplirá plenamente con todas las leyes y reglamentos de exportación pertinentes de los Estados Unidos y otras leyes de exportación e importación aplicables para garantizar que ni el SOFTWARE, ni ningún producto directo del mismo, se exporten, directa o indirectamente, en violación de las leyes aplicables.

12. SEVERABILIDAD:

Si alguna disposición de este CLUF se considerara inválida, ilegal o inaplicable, la validez, legalidad y aplicabilidad de las restantes disposiciones del mismo no se verán afectadas ni menoscabadas en modo alguno.

13. SIN RENUNCIA:

Ninguna renuncia al incumplimiento de cualquier disposición de este CLUF constituirá una renuncia a cualquier incumplimiento anterior, concurrente o posterior de la misma o de cualquier otra disposición del mismo, y ninguna renuncia será efectiva a menos que se haga por escrito y esté firmada por un representante autorizado de la parte renunciante.

14. RESCISIÓN:

El USUARIO deberá discontinuar el uso y destruir, o devolver, a PEN-LINK todas las copias del SOFTWARE y cualquier documentación del SOFTWARE a la terminación de este CLUF.

15. ACUERDO COMPLETO:

Este CLUF establece el acuerdo completo de las partes y sustituye a todos los escritos, negociaciones y discusiones anteriores o contemporáneos con respecto al objeto del mismo. Ninguna de las partes se ha basado en comunicaciones anteriores o contemporáneas.

16. EJECUCIÓN EN CONTRAPARTIDA:

El presente CLUF podrá ejecutarse en uno o varios ejemplares. Cada contraparte será un original, pero todas ellas constituirán un único instrumento.

17. RECONOCIMIENTO DE SOFTWARE DE TERCEROS:

Por el presente, el USUARIO reconoce que el SOFTWARE utiliza o contiene componentes de software de terceros que requieren avisos adicionales o están sujetos a términos y condiciones adicionales. Dichos avisos, términos y condiciones adicionales para los componentes de software de terceros pueden incluirse expresamente en este Contrato, como las Disposiciones de Oracle previstas en las disposiciones 18.A a 18.I y las Disposiciones de Microsoft Azure previstas en las disposiciones 19.A a 19.D del presente documento. Si existe algún conflicto entre este Contrato y los términos o condiciones adicionales que rigen los componentes de software de terceros, dichos términos y condiciones adicionales prevalecerán en relación con el software de terceros.

18. DISPOSICIONES DE ORACLE:

Esta disposición se refiere a Oracle America, Inc. ("ORACLE").

A. RESTRICCIONES Y LIMITACIONES

El uso de la base de datos incrustada y de los programas de software relacionados contenidos en el SOFTWARE (denominados colectivamente "PROGRAMAS ORACLE") estará limitado al USUARIO tal y como se especifica en este CLUF. Por la presente, el USUARIO entiende que los PROGRAMAS ORACLE están sujetos a una licencia restringida, y que los PROGRAMAS ORACLE sólo se pueden utilizar junto con el SOFTWARE y que el USUARIO no está autorizado a modificar los PROGRAMAS ORACLE. El uso de los PROGRAMAS ORACLE estará restringido al ámbito del SOFTWARE y a las operaciones comerciales internas del USUARIO. El USUARIO puede permitir que sus agentes o contratistas, incluyendo, sin limitación, subcontratistas, utilicen el SOFTWARE en nombre del USUARIO para las operaciones comerciales internas del USUARIO, sujeto a los términos de este CLUF. El USUARIO será responsable del uso del SOFTWARE por parte del agente, contratista y/o subcontratista del USUARIO y del cumplimiento de este CLUF.

B. ACCIONES PROHIBIDAS

Se prohíbe al USUARIO (a) transferir los PROGRAMAS ORACLE, salvo transferencia temporal en caso de avería informática, y (b) ceder, regalar o transferir los PROGRAMAS ORACLE o un interés en los PROGRAMAS ORACLE a otra persona o entidad. En caso de que el USUARIO conceda un interés de seguridad en los PROGRAMAS ORACLE, la parte garantizada no tendrá derecho a utilizar o transferir los PROGRAMAS ORACLE.

Se prohíbe al USUARIO el uso de los PROGRAMAS ORACLE para alquiler, timesharing, servicio de suscripción, hosting o outsourcing.

Se prohíbe al USUARIO eliminar o modificar cualquier marca de PROGRAMAS ORACLE o cualquier aviso de derechos de propiedad de ORACLE o de sus licenciantes.

Se prohíbe al USUARIO poner los PROGRAMAS ORACLE a disposición de terceros para su uso en operaciones comerciales de terceros, a menos que dicho acceso esté expresamente permitido en la correspondiente licencia de los PROGRAMAS ORACLE.

El presente Contrato no transmite la titularidad de los PROGRAMAS ORACLE al USUARIO ni a ninguna otra parte.

Se prohíbe al USUARIO la ingeniería inversa, salvo que la ley lo exija para la interoperabilidad, el desmontaje o la descompilación de los PROGRAMAS ORACLE. La prohibición anterior incluye, pero no se limita a la revisión de estructuras de datos y/o materiales similares producidos por los PROGRAMAS ORACLE. Se prohíbe al USUARIO duplicar los PROGRAMAS ORACLE, salvo un número suficiente de copias de cada programa para el uso bajo licencia del USUARIO y una copia de cada soporte de programa.

Se prohíbe al USUARIO publicar los resultados de las pruebas de benchmark realizadas sobre los PROGRAMAS ORACLE.

C. CONTROL DE LAS EXPORTACIONES

El USUARIO cumplirá plenamente todas las leyes y reglamentos de exportación pertinentes de los Estados Unidos y otras leyes de exportación e importación aplicables para garantizar que ni los PROGRAMAS ORACLE, ni ningún producto directo de los mismos, se exporten, directa o indirectamente, infringiendo las leyes aplicables.

D. PROPIEDAD INTELECTUAL DE ORACLE

ORACLE, o sus licenciantes, conservan todos los derechos de propiedad y propiedad intelectual de los PROGRAMAS ORACLE.

E. EL PAPEL DE ORACLE EN EL ACUERDO

Por la presente, el USUARIO declina, en la medida permitida por la legislación aplicable, la responsabilidad de ORACLE por (a) cualquier daño, ya sea directo, indirecto, incidental, especial, punitivo o consecuente, y (b) cualquier pérdida de beneficios, ingresos, datos o uso de datos, derivada del uso de los PROGRAMAS ORACLE. ORACLE queda designada como tercera parte beneficiaria de este CLUF. Ninguna disposición de este CLUF exigirá a ORACLE el cumplimiento de ninguna obligación ni incurrirá en ninguna responsabilidad no acordada previamente entre PEN-LINK y ORACLE.

F. LEY UNIFORME SOBRE TRANSACCIONES DE INFORMACIÓN INFORMÁTICA

La Ley Uniforme de Transacciones Informáticas no se aplicará a este CLUF, al SOFTWARE, a las actualizaciones, a los PROGRAMAS ORACLE ni a la documentación asociada relacionada con el mismo.

G. AUDITORÍAS

El USUARIO deberá permitir que PEN-LINK audite el uso de los PROGRAMAS ORACLE por parte del USUARIO, y el USUARIO deberá proporcionar asistencia razonable y acceso a la información en el curso de dicha auditoría y permitir que PEN-LINK informe los resultados de la auditoría a ORACLE o ceda su derecho a auditar el uso de los PROGRAMAS ORACLE por parte del USUARIO a ORACLE. Si PEN-LINK cede su derecho a auditar a ORACLE, entonces ORACLE no será responsable de ninguno de los costos de PEN-LINK o del USUARIO incurridos al cooperar con la auditoría.

H. RESCISIÓN DEL ACUERDO

El USUARIO deberá interrumpir el uso y destruir, o devolver, a PEN-LINK todas las copias de los PROGRAMAS ORACLE y de cualquier documentación de los PROGRAMAS ORACLE a la terminación de este CLUF.

I. VARIOS

El USUARIO queda informado de que algunos PROGRAMAS ORACLE pueden incluir código fuente que ORACLE puede proporcionar como parte del envío estándar de dichos programas. El código fuente se regirá por los términos de este CLUF. Además, la tecnología de terceros que puede ser apropiada o necesaria para el uso con algunos PROGRAMAS DE ORACLE se especifica en la documentación del SOFTWARE o según lo notifique PEN-LINK, y dicha tecnología de terceros se licencia al USUARIO sólo para su uso con el SOFTWARE bajo los términos del acuerdo de licencia de terceros especificado en la documentación del SOFTWARE o según lo notifique PEN-LINK y no bajo los términos de este CLUF.

19. DISPOSICIONES DE MICROSOFT AZURE:

Esta disposición se refiere a Microsoft Corporation ("Microsoft").

A. RESTRICCIONES Y LIMITACIONES

El uso de los Servicios Cognitivos de Microsoft Azure junto con el SOFTWARE (denominados colectivamente "PROGRAMAS DE MICROSOFT") estará limitado al USUARIO según se especifica en este CLUF. El USUARIO entiende que los PROGRAMAS MICROSOFT están sujetos a una licencia restringida. Los PROGRAMAS MICROSOFT no se venden al USUARIO ni se distribuyen al USUARIO, y los PROGRAMAS MICROSOFT sólo se pueden utilizar junto con el SOFTWARE. No se permite al USUARIO modificar los PROGRAMAS MICROSOFT. El uso de los PROGRAMAS DE MICROSOFT estará restringido al ámbito del SOFTWARE y a las operaciones comerciales internas del USUARIO. El USUARIO puede permitir a sus agentes o contratistas, incluyendo, sin limitación, subcontratistas, utilizar el SOFTWARE en nombre del USUARIO para las operaciones comerciales internas del USUARIO, sujeto a los términos de este CLUF. El USUARIO será responsable del uso del SOFTWARE por parte del agente, contratista y/o subcontratista del USUARIO y del cumplimiento de este CLUF.

B. ACCIONES PROHIBIDAS

Se prohíbe al USUARIO (a) transferir o utilizar los PROGRAMAS MICROSOFT fuera del SOFTWARE, y (b) ceder, regalar o transferir los PROGRAMAS MICROSOFT o un interés en los PROGRAMAS MICROSOFT a otro individuo o entidad.

Se prohíbe al USUARIO realizar ingeniería inversa, descompilar o desensamblar los PROGRAMAS MICROSOFT, salvo en la medida expresamente permitida por la legislación aplicable.

Se prohíbe al USUARIO suprimir, modificar u ocultar cualquier aviso de derechos de autor, marca registrada u otros derechos de propiedad que figuren en los PROGRAMAS MICROSOFT.

Se prohíbe al USUARIO alquilar, arrendar, prestar, revender, transferir o alojar los PROGRAMAS MICROSOFT, o cualquier parte de los mismos, a terceros o para terceros, salvo en los casos expresamente permitidos en el presente CLUF.

El presente Contrato no transmite la titularidad de los PROGRAMAS MICROSOFT al USUARIO ni a ninguna otra parte.

C. CONTROL DE LAS EXPORTACIONES

El USUARIO cumplirá plenamente todas las leyes y reglamentos de exportación pertinentes de los Estados Unidos y otras leyes de exportación e importación aplicables para garantizar que ni los PROGRAMAS MICROSOFT, ni ningún producto directo de los mismos, se exporten, directa o indirectamente, infringiendo las leyes aplicables.

D. EL PAPEL DE MICROSOFT EN EL ACUERDO

Los PROGRAMAS DE MICROSOFT se proporcionan "tal cual". El USUARIO asume el riesgo de utilizar los PROGRAMAS DE MICROSOFT. MICROSOFT renuncia, en la medida permitida por la ley aplicable, a todas las garantías de MICROSOFT y a cualquier responsabilidad de MICROSOFT o de sus proveedores por cualquier daño, ya sea directo, indirecto o consecuente, derivado del SOFTWARE. Por la presente, el USUARIO rechaza, en la medida permitida por la legislación aplicable, la responsabilidad de MICROSOFT por (a) cualquier daño, ya sea directo, indirecto, incidental, especial, punitivo o consecuente, y (b) cualquier pérdida de beneficios, ingresos, datos o uso de datos, derivados del uso de los PROGRAMAS DE MICROSOFT. MICROSOFT queda designada como tercero beneficiario de las disposiciones 19.A a 19.D del presente CLUF con derecho a hacer cumplir sus disposiciones. MICROSOFT no es responsable de proporcionar ningún tipo de soporte en relación con el SOFTWARE. No se ponga en contacto con MICROSOFT para obtener asistencia. Ninguna disposición de este CLUF exigirá a MICROSOFT el cumplimiento de ninguna obligación ni incurrirá en ninguna responsabilidad no acordada previamente entre PEN-LINK y MICROSOFT.